miércoles, 10 de junio de 2015

De la desaparición forzada y el terrorismo de Estado

Durante los días del 25 al 30 de mayo se conmemoró la Semana Internacional del Detenido Desaparecido. En Colombia, el objetivo de esta semana es el de luchar contra la impunidad y el ocultamiento de estos crímenes así como exigir al Estado que asuma su responsabilidad y que responda por la vida de las miles de personas desaparecidas que ya se suman en el país. 

Un poco de historia
La semana del detenido desaparecido tiene lugar desde el año 1987 tras un encuentro de víctimas de desaparición forzada en Argentina.

La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad que se ha asociado históricamente con el continente latinoamericano, pues fue aquí donde éste se tipificó tras identificar que durante las dictaduras del cono sur, no sólo se asesinó a un sinnúmero de personas, sino que se hizo sistemática la práctica de desaparecer y borrar por completo el rastro de personas por parte del Estado. 

Esto significaba borrar los registros de nacimiento, cualquier forma de identificación, los registros que quedaran en cualquier institución como hospitales, escuelas y universidades e incluso apoderarse y eliminar también registros fotográficos y documentos privados de las familias de las personas que eran desaparecidas. 

Ya que el único aparato capaz de llevar a cabo la desaparición a ese nivel es, sin duda alguna, el Estado, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) no sólo reconoció y definió la desaparición forzada sino que la identificó como un crimen de Estado por excelencia. 

En Colombia, la desaparición forzada no ha tenido exactamente las mismas características que las descritas para el caso de las dictaduras de países como Chile y Argentina, pero sí se ha tratado de una práctica que empezó a hacerse sistemática y que aumentó exacerbadamente en la década del 70 cuando se declararon estados de sitio constantes  y se le asignó a los militares facultades para el juzgamiento de civiles.

Esto nos permite establecer una relación inmediata entre el Estado y el fenómeno de la desaparición forzada, en tanto que, es precisamente cuando el Estado asume más poderes sobre la sociedad civil que los abusos de autoridad, los asesinatos y las desapariciones aumentan. 

No es de extrañar entonces que durante el periodo de gobierno de Álvaro Uribe Vélez, las cifras de desapariciones ascendieran  a más de 18.000 (casi la mitad de la totalidad de víctimas que se cuentan hoy en Colombia), y que la desaparición forzada de mujeres aumentara en un 500%. 

En el año 2000 se expidió la ley 589 que tipificaba la desaparición forzada, el desplazamiento forzado y la tortura, en donde -a diferencia de del DIDH-, ya no es sólo el Estado sino entes particulares quienes pueden considerarse responsables de la desaparición forzada. Ampliar esa responsabilidad permitiría al mismo tiempo, (1) que los actores armados al margen de la ley fueran responsabilizados por la desaparición forzada (2) despojar parcialmente al Estado de su responsabilidad frente a este crimen, aunque no se excluye que éste sigue siendo quien debe investigar y sancionar a los responsables.

Y en la práctica ¿qué es lo que ha pasado en Colombia?
Que las víctimas de este crimen son ya más de 45.000, que las amenazas, las persecuciones, los asesinatos son continuos y ocurren en un contexto de plena impunidad.  

¿Por qué se sigue tratando de leer la responsabilidad frente a estos crímenes en términos de unas fuerzas malignas y aparentemente desconocidas? 

“Existe suficiente evidencia que da cuenta de que históricamente el estado colombiano es el responsable de más del 80% de los crímenes cometidos en medio de la violencia política y la confrontación armada, por su accionar individual y conjunto con grupos paramilitares.  Actos que por su sistematicidad, intencionalidad y gravedad constituyen verdaderos crímenes de lesa humanidad y se concretan en homicidios selectivos y colectivos, torturas, desplazamiento forzado, ejecuciones extrajudiciales, detenciones ilegales y desapariciones forzadas, actos cometidos con el propósito primordial de perseguir a los opositores políticos, los simples resistentes y a las personas que desde diferentes organizaciones de la sociedad civil se dedican a la defensa legal y constitucional de sus derechos”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario